¿Debemos dar asentimiento cuando el Papa no habla ex cathedra?
Un comentario sobre el Magisterio no-infalible del Papa y la esencia del Protestantismo
Un error que ningún católico decentemente educado debería sostener es el de afirmar que nos es lícito disentir de una enseñanza auténtica del magisterio siempre y cuando no sea infalible. O, dicho de otra manera "si no es ex cathedra, no estoy obligado a asentir". Esto, como establece tanto el Magisterio preconciliar como el postconciliar, es falso.
Algo curioso, es que el disentir del Magisterio es algo que caracteriza a ambos extremos dentro de la Iglesia. En concreto a los progresivos de izquierda y a los tradicionalistas de derechas. Algunos progresivos rechazan enseñanzas irreformables (y por tanto infalibles) del Magisterio ordinario y universal en el nombre del “progreso” y de “adaptarse a los tiempos”. Por otro lado, algunos llamados tradicionalistas rechazan la enseñanza del Concilio o de los Papas postconciliares en nombre de una mayor “fidelidad a la Tradición”.
El Protestantismo de esta actitud
Es bien sabido que los Protestantes (o por lo menos sus ramas principales) se adhieren a dos doctrinas que los caracterizan particularmente: Sola Scriptura y la doctrina de la claridad de la Escritura. La primera sostiene que las Sagradas Escrituras son la única fuente infalible de autoridad con respecto a la fe y moral cristiana, rechazando la Tradición oral y la autoridad del Magisterio. La segunda afirma lo siguiente:
Aquellas cosas que deben ser conocidas, creídas y observadas para la salvación, están tan claramente propuestas y explicadas en algún lugar de las Escrituras, que no solo los eruditos, sino también los no eruditos, haciendo un uso adecuado de los medios ordinarios, pueden alcanzar un entendimiento suficiente de ellas1.
Si no hay ninguna autoridad central infalible divinamente instituida, y al final del día solo tengo mi Biblia y mi conciencia, entonces yo, como sujeto, me convierto en el juez y árbitro de lo que es la revelación divina. Es mi interpretación personal de las Escrituras lo único por lo que puedo guiarme. Se podría argumentar, incluso, que la esencia de la herejía del Protestantismo yace en el constituirse a uno mismo como juez y arbitro de lo que es Palabra de Dios. De ahí que haya miles de denominaciones protestantes, pues cada uno interpreta las Escrituras de distinta manera y funda su propia denominación, cada vez alejándose más de la enseñanza original de Cristo y los Apóstoles.
Todo esto choca con la enseñanza tradicional de que las Escrituras no son necesariamente claras, y no corresponde a cualquiera interpretarlas. Por eso dice San Pedro, hablando de las cartas de San Pablo “en ellas hay pasajes difíciles de entender, que algunas personas ignorantes e inestables interpretan torcidamente –como, por otra parte, lo hacen con el resto de la Escritura– para su propia perdición” (2 P 3, 16). Por eso es que Cristo constituyó un Magisterio al cual le dio la potestad de enseñar con autoridad en materias de fe y de costumbres.
La autoridad que tiene el Magisterio para enseñar es algo que ningún católico puede disputar. Viene de la autoridad que Cristo les dio a los Apóstoles de atar y desatar y más directamente de cuando les dice “El que a vosotros oye, a mí me oye” (Lc 10, 16) y de la fe perenne de la Iglesia como “columna y fundamento de la verdad” (cf. 1 Tm 3, 15).
Los distintos grados de autoridad
Primero, conviene señalar que no a todos los pronunciamientos del Magisterio les debemos el mismo grado de asentimiento. Hay, en particular, tres tipos principales de pronunciamientos magisteriales a los que les debemos dar asentimiento2. Estos se pueden encontrar en los últimos tres párrafos de la Professio fidei promulgada por el Papa San Juan Pablo II.
[1.] Creo, también, con fe firme, todo aquello que se contiene en la Palabra de Dios escrita o transmitida por la Tradición, y que la Iglesia propone para ser creído, como divinamente revelado, mediante un juicio solemne o mediante el Magisterio ordinario y universal.
[2.] Acepto y retengo firmemente, asimismo, todas y cada una de las cosas sobre la doctrina de la fe y las costumbres propuestas por la Iglesia de modo definitivo.
[3.] Me adhiero, además, con religioso obsequio de voluntad y entendimiento a las doctrinas enunciadas por el Romano Pontífice o por el Colegio de los Obispos cuando ejercen el Magisterio auténtico, aunque no tengan la intención de proclamarlas con un acto definitivo3.
El término “doctrina” es otra manera de referirse a “enseñanza”. A toda doctrina del Magisterio, en principio, se le debe asentimiento4. Sin embargo, no todas las doctrinas son enseñadas con el mismo peso. De la profesión de fe de arriba, podemos ver cuales son estas doctrinas. El primer párrafo corresponde a los dogmas. Para que una doctrina enseñada por el Magisterio sea considerada un dogma debe cumplir dos condiciones. Primero, debe ser enseñada definitivamente, es decir, de manera irreformable –de ahí se deriva que la doctrina sea infalible, pues la Iglesia no puede errar en sus juicios irreformables en materias de fe y de costumbres. Segundo, debe ser enseñada como contenida en el depósito de fe, es decir, contenida “en la Palabra de Dios escrita o transmitida por la Tradición”. La profesión de fe agrega “mediante un juicio solemne o mediante el Magisterio ordinario y universal”. Un juicio solemne sería, por ejemplo, una definición ex cathedra del Papa, una definición solemne de un concilio ecuménico o un canon con un anatema de un concilio ecuménico. Por otro lado, el Magisterio ordinario universal aquí denota al cuerpo de los obispos esparcidos por el mundo que unidos a su cabeza, el Papa, enseñan que una doctrina debe ser sostenida de manera definitiva.
La respuesta que se le debe a los dogmas es algo que Ratzinger y Bertone explican muy claramente en su cometario a la Profesión de fe:
Estas doctrinas requieren el asentimiento de fe teologal de todos los fieles. Por esta razón, quien obstinadamente las pusiera en duda o las negara, caería en herejía, como lo indican los respectivos cánones de los Códigos canónicos5.
La diferencia entre el Magisterio extraordinario de un concilio ecuménico y el Magisterio ordinario y universal radica en que el primero involucra a los obispos reunidos en el concilio, mientras que el segundo a aquellos esparcidos por el mundo. Que Cristo sea el Mesías, por ejemplo, no es algo que la Iglesia haya definido nunca como un dogma en ninguna definición solemne, pero es una doctrina que ciertamente es dogmática, pues es contenida en el depósito de fe y es irreformable. Por tanto, podemos afirmar que es un dogma enseñado por el Magisterio ordinario y universal, aunque nunca haya sido definido por un juicio solemne.
Aunque cada uno de los Prelados no goce por si de la prerrogativa de la infalibilidad, sin embargo, cuando, aun estando dispersos por el orbe, pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el sucesor de Pedro, enseñando auténticamente en materia de fe y costumbres, convienen en que una doctrina ha de ser tenida como definitiva, en ese caso proponen infaliblemente la doctrina de Cristo6.
El segundo párrafo corresponde a doctrinas infalibles pero no-dogmáticas. La diferencia de estas doctrinas con respecto a los dogmas no yace en si son infalibles o no, pues ambas lo son, sino en que los dogmas son enseñados como divinamente revelados, mientras que las doctrinas del segundo párrafo no lo son. Esto no es decir que sea necesariamente el caso de que si una doctrina pertenece al segundo apartado la Iglesia, a través de una profundización en la comprensión del depósito de fe, no sea posible que sea reconocida como divinamente revelada y por tanto un dogma de fe. Un ejemplo de tal doctrina sería la ilicitud moral de la eutanasia, tal como lo enseña Evangelium Vitae. Es algo que es irreformable pero no se dice que sea divinamente revelado. Otros ejemplos son, dentro de los que citan Ratzinger y Bertone “la legitimidad de la elección del Sumo Pontífice o de la celebración de un concilio ecuménico; la canonización de los santos (hechos dogmáticos); la declaración de León XIII en la Carta Apostólica Apostolicae Curae sobre la invalidez de las ordenaciones anglicanas”7.
A estas doctrinas les debemos dar asentimiento definitivo y, como dicen Ratzinger y Bertone, “quién las negara, asumiría la posición de rechazo de la verdad de la doctrina católica y por lo tanto no estaría en plena comunión con la Iglesia católica”8. Donum Veritatis explica estas doctrinas de la siguiente manera:
El oficio de conservar santamente y de exponer con fidelidad el depósito de la revelación divina implica, por su misma naturaleza, que el Magisterio pueda proponer «de modo definitivo» enunciados que, aunque no estén contenidos en las verdades de fe, se encuentran sin embargo íntimamente ligados a ellas, de tal manera que el carácter definitivo de esas afirmaciones deriva, en último análisis, de la misma Revelación.9
Algo que hay que mencionar antes de terminar este comentario sobre las doctrinas definitivas o irreformables, es que son eso, irreformables. Con eso quiero decir que, aunque sea lícito hablar de desarrollo doctrinal, estas doctrinas no pueden cambiar en su esencia. Pueden cambiar accidentalmente. Con eso me refiero a que así como un árbol joven pasa a ser un árbol adulto (y así cambia accidentalmente) en cuanto a su esencia permanece eso, un árbol. De manera semejante es posible que en el caso de doctrina irreformable, como la de la Trinidad, veamos desarrollo en la manera de entenderla, en cuanto que podemos llegar a comprenderla de maneras más profundas, apreciando matices que antes no hubiésemos visto. Esto sucede en particular cuando sobrevienen disputas. Fue la crisis arriana –donde algunos negaban la divinidad de Cristo– lo que obligó al Magisterio a dar una definición formal de ella y detallar lo que esa doctrina significa en el Concilio de Nicea (325 d. C.). No podemos negar que la fe en la divinidad de Cristo estuviese presente en la predicación de los Apóstoles, y así en la fe de la Iglesia primitiva, pero lo que es evidente al leer el Nuevo Testamento y a los Padres Apostólicos es que, aunque claramente viesen a Cristo como divino, no tienen una explicación tan clara y sistemática como eventualmente se dará en Concilios posteriores o el Tomo a Flaviano del Papa León Magno.
En suma, no es del todo correcto decir “la doctrina no cambia”. Lo que es correcto es decir “las doctrinas definitivas no cambian en su esencia, pero pueden cambiar en cuanto a su modo de presentarse, o es más, en cuestiones meramente accidentales”. Es distinto el caso de las enseñanzas del tercer párrafo.
Luego, y lo más relevante para este artículo, son las doctrinas del tercer párrafo. Ratzinger y Bertone se refieren a ellas de la siguiente manera:
A este apartado pertenecen todas aquellas enseñanzas – en materia de fe y moral – presentadas como verdaderas o al menos como seguras, aunque no hayan sido definidas por medio de un juicio solemne ni propuestas como definitivas por el Magisterio ordinario y universal. Estas enseñanzas son expresión auténtica del Magisterio ordinario del Romano Pontífice o del Colegio Episcopal y demandan, por tanto, el religioso asentimiento de voluntad y entendimiento.10
En el párrafo precedente, se habla de aquellas doctrinas que no son enseñadas como irreformables, sino que son, en principio, reformables. La existencia de tales doctrinas es una consecuencia lógica de que, si bien hay un Magisterio extraordinario e infalible, que pueden ejercer el colegio episcopal y el Papa individualmente, estos no siempre enseñan definitivamente. Es decir, tanto el Papa, como el colegio episcopal reunido en un Concilio pueden enseñar con autoridad aun cuando no tienen la intención de enseñar de manera definitiva. De ahí se sigue que hayan doctrinas que son, en principio, reformables.
Eso no quiere decir que vayan a ser reformadas o que el hecho de que el Magisterio no las enseñe como irreformables vaya a cambiarlas. Es incluso una cuestión de disputa si el Magisterio realmente en la historia ha revocado alguna doctrina reformable que antes enseñara. Es decir, hay teólogos que niegan que tales cambios hayan siguiera sucedido en 2000 años. Debemos afirmar la existencia de tales doctrinas reformables, pero de eso no se sigue sean o vayan a ser reformadas. Y aquí, antes de que alguien se asuste, quiero recordar el concepto explicado arriba del Magisterio Ordinario y Universal, que siempre enseña definitivamente, pues a lo que se refiere es a la enseñanza del colegio episcopal en comunión con su cabeza cuando afirma que tal doctrina debe ser sostenida de manera definitiva. Que, por ejemplo, la Iglesia no haya condenado de manera definitiva (hasta donde yo se) los actos homosexuales en algún documento oficial no se sigue que esa condena sea una doctrina reformable. Este es el error de muchos progresivos dentro de la Iglesia. La constante fe de la Iglesia con respecto a la inmoralidad de estos actos y el Magisterio contemporáneo claramente nos indican que esta doctrina es parte del Magisterio Ordinario y Universal (eso sin mencionar lo claramente que es enseñada en las Sagradas Escrituras), y es por tanto irreformable. Así es semejantemente con muchos otros casos. Con eso solo quiero indicar que solo porque x doctrina no ha sido definida en un Concilio o por una declaración ex cathedra del Papa no se sigue que x sea reformable. El error opuesto, de tendencia más tradicionalista, sería pensar que todo es parte del Magisterio Ordinario y Universal y por tanto irreformable, y que cada vez que el Magisterio contemporáneo usa palabras distintas o formula la doctrina de una manera distinta a como se hacía hace 200 años inmediatamente se sigue que la sede está vacante y los que viven en Roma son anti-papas desde Pío IX. Ambos errores son heréticos11.
En suma, hay un Magisterio meramente auténtico y por tanto no infalible al de le debemos un grado de asentimiento a lo que enseña, si bien ese asentimiento no llega al nivel de fe teologal que corresponde a los dogmas (enseñanzas del primer párrafo) o de asentimiento definitivo (que corresponde a las enseñanzas del segundo párrafo). Este asentimiento se llama religioso obsequio y no es uniforme, sino que
requieren un grado de adhesión diferenciado, según la mente y la voluntad manifestada, la cual se hace patente especialmente por la naturaleza de los documentos, o por la frecuente proposición de la misma doctrina, o por el tenor de las expresiones verbales12.
Es decir, si una doctrina ha sido repetida constante por el Magisterio, o si se enseña con un lenguaje más fuerte, todo lo demás siendo igual, se le debe un mayor grado de asentimiento que a otra13. O, con otras palabras, la “autoridad de estas intervenciones, […] resulta de la naturaleza de los documentos, de la insistencia al proponer una doctrina y del modo mismo de expresarse”14.
¿Podemos libremente disentir?
Esta idea de que uno como católico solo debe asentimiento a las enseñanzas ex cathedra del Romano Pontífice y puede libremente disentir de las demás no es tradicional. Es anti-tradicional y choca radicalmente con la enseñanza de los Papas preconciliares. Aquí citamos dos ejemplos. Primero Pío XI en Casti Connubii:
Es muy impropio de todo verdadero cristiano confiar con tanta osadía en el poder de su inteligencia, que únicamente preste asentimiento a lo que conoce por razones internas; creer que la Iglesia, destinada por Dios para enseñar y regir a todos los pueblos, no está bien enterada de las condiciones y cosas actuales; o limitar su consentimiento y obediencia únicamente a cuanto ella propone por medio de las definiciones más solemnes, como si las restantes decisiones de aquélla pudieran ser falsas o no ofrecer motivos suficientes de verdad y honestidad. Por lo contrario, es propio de todo verdadero discípulo de Jesucristo, sea sabio o ignorante, dejarse gobernar y conducir, en todo lo que se refiere a la fe y a las costumbres, por la santa madre Iglesia, por su supremo Pastor el Romano Pontífice, a quien rige el mismo Jesucristo Señor nuestro15.
Y también a Pío XII en Humani Generis:
Ni puede afirmarse que las enseñanzas de las encíclicas no exijan de por sí nuestro asentimiento, pretextando que los Romanos Pontífices no ejercen en ellas la suprema majestad de su Magisterio.
Pues son enseñanzas del Magisterio ordinario, para las cuales valen también aquellas palabras: El que a vosotros oye, a mí me oye [Lc 10, 16]; y la mayor parte de las veces, lo que se propone e inculca en las Encíclicas pertenece ya —por otras razones— al patrimonio de la doctrina católica. Y si los sumos pontífices, en sus constituciones, de propósito pronuncian una sentencia en materia hasta aquí disputada, es evidente que, según la intención y voluntad de los mismos pontífices, esa cuestión ya no se puede tener como de libre discusión entre los teólogos16.
Es evidente, pues, que para los Papas preconciliares era inconcebible que un buen católico fiel a la Iglesia y a la Tradición fuese a disentir libremente de los pronunciamientos magisteriales no-infalibles. Ellos entendían que también debemos asentimiento a aquellas doctrinas no-infalibles pues son parte del Magisterio auténtico.
Antes de examinar la enseñanza del Concilio sobre el mismo tema veamos lo que dice el Catecismo de San Pío X, que continente lo que quizás son las palabras más fuertes al respecto:
¿Estamos obligados a escuchar a la IGLESIA DOCENTE [o Magisterio]? - Si, por cierto; todos estamos obligados a escuchar a la Iglesia docente, so pena de eterna condenación, porque Jesucristo dijo a los Pastores de la Iglesia en la persona de los Apóstoles: "El que a vosotros oye, a Mí me oye, y el que a vosotros desprecia, a Mí me desprecia17.
Ahora pasamos a la enseñanza del Concilio sobre el Magisterio y el tipo de asentimiento que le deben los fieles a su doctrina:
Los Obispos, cuando enseñan en comunión con el Romano Pontífice, deben ser respetados por todos como testigos de la verdad divina y católica; los fieles, por su parte, en materia de fe y costumbres, deben aceptar el juicio de su Obispo, dado en nombre de Cristo, y deben adherirse a él con religioso respeto. Este obsequio religioso de la voluntad y del entendimiento de modo particular ha de ser prestado al magisterio auténtico del Romano Pontífice aun cuando no hable ex cathedra; de tal manera que se reconozca con reverencia su magisterio supremo y con sinceridad se preste adhesión al parecer expresado por él, según su manifiesta mente y voluntad, que se colige principalmente ya sea por la índole de los documentos, ya sea por la frecuente proposición de la misma doctrina, ya sea por la forma de decirlo18.
El Concilio enseña que los fieles debemos asentimiento a la enseñanza de nuestro Obispo, en cuanto nuestro pastor legitimo, y en particular a la enseñanza del Papa, aun cuando no esté hablando infaliblemente. Además, se señala que el grado de este asentimiento depende de la “manifiesta mente y voluntad” del Papa. Esto viene de que no todas las doctrinas del Magisterio son enseñadas con el mismo peso. Es decir, si el Papa expresa “x es la fe de la Iglesia” tiene mucho más peso que si dijera “algunos teólogos opinan y”. De hecho, lo segundo ni siquiera sería una enseñanza suya. Algo similar ocurre con el medio que usa. Si el Papa se está comunicando por medio de una Constitución Apostólica es evidente que su enseñanza ahí carga mucho más peso que una homilía.
Lamentablemente, luego del Concilio Ecuménico Vaticano II, muchos llamados católicos tradicionalistas han llegado a disentir del Magisterio. Esto fue una gran causa de tristeza en el corazón de San Pablo VI, que en una alocución del 24 mayo de 1976, hablando particularmente de Marcel Lefrebvre y sus seguidores dijo:
Por un lado, están aquellos que, bajo el pretexto de una mayor fidelidad a la Iglesia y al Magisterio, rechazan sistemáticamente las enseñanzas del mismo Concilio, su aplicación y las reformas derivadas de él, su aplicación gradual por obra de la Santa Sede y de las Conferencias Episcopales, bajo nuestra autoridad, querida por Cristo. Se desacredita la autoridad de la Iglesia en nombre de una Tradición, de la cual solo se demuestra respeto material y verbalmente; se aleja a los fieles de los lazos de obediencia a la Sede de Pedro y a sus legítimos obispos; se rechaza la autoridad de hoy, en nombre de la de ayer19.
Esto responde también a aquellos que afirman que, al tener el Concilio Vaticano II un carácter pastoral y no haber emitido los tradicionales cánones con anatemas no es vinculante, y que por tanto los fieles no están obligados a asentir a su enseñanza20. Sobre estos, San Pablo VI decía:
Se atreven a afirmar que el Concilio Vaticano II no es vinculante; que la fe también estaría en peligro debido a las reformas y orientaciones postconciliares, que se tiene el deber de desobedecer para conservar ciertas tradiciones. ¿Qué tradiciones? ¿Es este grupo, y no el Papa, ni el Colegio Episcopal, ni el Concilio Ecuménico, quien establece cuáles, entre las innumerables tradiciones, deben ser consideradas como norma de fe? Como ven, venerados hermanos, tal actitud se erige como juez de esa voluntad divina, que ha puesto a Pedro y a sus legítimos sucesores al frente de la Iglesia para confirmar a los hermanos en la fe, y para pastorear al rebaño universal (Cfr. Luc. 22, 32; Jn. 21, 15 ss.), que lo ha establecido como garante y guardián del depósito de la Fe.
Al final del día, este tipo de tradicionalistas se erigen a sí mismos como jueces y árbitros de lo que es Tradición apostólica y lo hacen en contraposición al Magisterio instituido por Cristo, cuya cabeza es el sucesor de Pedro.
Uno podría, incluso, afirmar que tal tradicionalismo cismático es simplemente “Protestantismo con pasos adicionales”, pues en vez de constituirse a sí mismos como jueces y árbitros de la palabra de Dios, al escoger que pronunciamientos magisteriales son vinculantes y cuales no –e.g. aquello antes del Concilio está bien, y aquello posterior no– estos se constituyen jueces y árbitros de la Sagrada Tradición y del Magisterio. Esta “mayor fidelidad a la Iglesia” es precisamente el mismo pretexto que usaron los “reformadores” protestantes.
¿Cuándo podemos lícitamente rechazar una doctrina?
Donum Veritatis es el documento magisterial que delinea lo que se debe hacer en el caso de que uno no pudiera aceptar una enseñanza. Pero cabe resaltar que el documento trata el tema de la vocación eclesial del teólogo, es decir del erudito sobre la teología. El documento delinea qué hacer en esos casos, pero el público es uno de expertos especializados que han estudiado años y tienen las calificaciones necesarias.
Es absurdo e imprudente cuando el católico que poco sabe de teología se pone a discutir las enseñanzas del Magisterio argumentando que tal cosa que dijo el Papa Francisco choca con tal cosa que dijo Pío XII. La actitud de tal persona debería ser, en primera instancia, una de tranquilidad al saber que Cristo protege y salvaguarda la fe y el Magisterio de la Iglesia, que las puertas del infierno no prevalecerán sobre ella y que no vale la pena perder la paz por discursos sensacionalistas vistos en redes sociales. Además, una actitud de humildad, sabiendo que es muy probable que si uno ve contradicción entre dos pronunciamientos magisteriales, uno no esté entendiendo los matices y las minucias requeridas para comprender bien la cuestión.
Si uno estuviese en la posición, dados los estudios llevados a cabo, de ver con mayor claridad, sin duda la actitud de uno debe ser la de buscar reconciliar ambos pronunciamientos magisteriales aparentemente en contradicción. Notará el lector atento, que está es la misma hermenéutica de la caridad que hemos de usar también a la hora de encontrar tensiones y aparentes contradicciones en las Sagradas Escrituras o contradicciones entre las Escrituras y los hallazgos de la ciencia. No perder la paz y confiar en que si yo veo una contradicción eso viene de un defecto en mi entendimiento y no un defecto en la revelación divina. O en el caso de la ciencia, el error yacerá en mi interpretación de la revelación o en como llevamos a cabo la ciencia, pero al final no habrá contradicción, pues Dios es la Verdad misma donde no hay contradicción y se ha revelado tanto por su revelación sobrenatural como por el llamado libro de la naturaleza21.
Donum Veritatis prescribe lo siguiente en caso de que un teólogo encuentre serias dificultades en acoger una doctrina del Magisterio meramente auténtico.
En todo caso no podrá faltar una actitud fundamental de disponibilidad a acoger lealmente la enseñanza del Magisterio, que se impone a todo creyente en nombre de la obediencia de fe. El teólogo deberá esforzarse por consiguiente a comprender esta enseñanza en su contenido, en sus razones y en sus motivos. A esta tarea deberá consagrar una reflexión profunda y paciente, dispuesto a revisar sus propias opiniones y a examinar las objeciones que le hicieran sus colegas22.
Y en caso de que las dificultades persistiesen:
constituye un deber del teólogo hacer conocer a las autoridades magisteriales los problemas que suscitan la enseñanza en sí misma las justificaciones que se proponen sobre ella o también el modo como ha sido presentada. Lo hará con espíritu evangélico, con el profundo deseo de resolver las dificultades. […]
En estos casos el teólogo evitará recurrir a los medios de comunicación en lugar de dirigirse a la autoridad responsable, porque no es ejerciendo una presión sobre la opinión pública como se contribuye a la clarificación de los problemas doctrinales y se sirve a la verdad23.
Es decir, no les corresponde al teólogo a correr a Twitter a quejarse de lo que ha dicho el Papa o de lo que contiene tal documento del Concilio Vaticano II. Por el contrario, le corresponde buscar con devoción filial ver las razones de la doctrina para entenderla lo más posible buscando armonizarla con la tradición precedente. En suma, darle la lectura más caritativa posible, y en ningún momento recurrir al foro público para airear sus trapos sucios y dar una mala imagen del Magisterio. La Iglesia es Madre, y tal cosa sería impiedad.
Finalmente, es posible que
al final de un examen serio y realizado con el deseo de escuchar sin reticencias la enseñanza del Magisterio, permanezca la dificultad, porque los argumentos en sentido opuesto le parecen prevalentes al teólogo. Frente a una afirmación sobre la cual siente que no puede dar su adhesión intelectual, su deber consiste en permanecer dispuesto a examinar más profundamente el problema.
Para un espíritu leal y animado por el amor a la Iglesia, dicha situación ciertamente representa una prueba difícil. Puede ser una invitación a sufrir en el silencio y la oración, con la certeza de que si la verdad está verdaderamente en peligro, terminará necesariamente imponiéndose24.
De nuevo, hay que resaltar que el documento está hablando de teólogos de verdad, eruditos sumamente bien leídos y con las credenciales apropiadas, no de laicos con poca formación pero con una gran audiencia en redes sociales. Y lo que el Magisterio les manda es a sufrir cristianamente en silencio con la confianza en que finalmente la verdad prevalecerá y no irse al foro público a esparcir malos ánimos hacia la jerarquía eclesiástica y animar al disenso. Esa, sin duda, ha sido la actitud de los Santos, como el Padre Pío, que en silencio sufrió persecución y nunca levantó su voz contra el Papa y el colegio episcopal.
¿Y si la actitud que se le prescribe a los teólogos es de tal tranquila obediencia y fidelidad al Magisterio, evitando siempre ser piedra de tropiezo para otros sembrando disenso en los medios de comunicación, cuanto más deberíamos los laicos (o en general, los que no tenemos tales calificaciones) tener cuidado en como nos expresamos en público y esmerarnos en ser fieles al Magisterio?
Antes de concluir, conviene resumir unos puntos para concluir este artículo. Primero, no es en lo absoluto tradicional afirmar que a los católicos nos es lícito disentir del Magisterio aunque no esté hablando infaliblemente. Segundo, los que sostienen que nos es lícito (algunos incluso llegan a decir que es necesario) muestran no solo su profunda ignorancia del Magisterio de los Papas preconciliares, sino también delatan el estar siendo seducidos por el espíritu del protestantismo. Es irónico que en nombre de una “mayor fidelidad de la Tradición”, se termine cayendo en una actitud cismática y aceptando premisas que, llevadas a sus conclusiones lógicas llevan a la herejía.
Finalmente y como resumen, aquí hay unos puntos a tener en cuenta:
Disentir libremente de las enseñanzas que no son ex cathedra no es una práctica tradicional católica y va en contra de las enseñanzas de los Papas preconciliares.
Los fieles deben respeto y asentimiento a las enseñanzas del Magisterio, incluso si no son infalibles.
El Magisterio postconciliar, no tienen menos autoridad y su enseñanza debe ser acatadas por los fieles.
Una actitud de humildad y confianza es esencial cuando se enfrenta a las enseñanzas que parecen contradictorias.
Solo los teólogos con formación adecuada deberían considerar el cuestionamiento de las enseñanzas, y aún así, hay directrices estrictas sobre cómo hacerlo, enfatizando la obediencia, la reflexión y el diálogo sobre el sensacionalismo y la disensión pública.
El documento que mejor expone esto es la Nota doctrinal ilustrativa de la fórmula conclusiva de la Profession fidei escrita por los Cardenales Ratzinger y Bertone.
Hay algunos casos que matizaremos a continuación (en particular aquellos delineados por Donum Veritatis), donde, en principio, uno puede lícitamente remover asentimiento.
Cards. Ratzinger y Bernote, Nota doctrinal ilustrativa de la fórmula conclusiva de la Professio fidei.
Lumen Gentium, n. 25
Cards. Ratzinger y Bernote, Nota doctrina ilustrativa de la fórmula conclusiva de la Professio fidei, n. 11
Ibid, n. 6
Donum Veritatis, n. 16.
Cards. Ratzinger y Bernote, Nota, n. 10
Que los actos homosexuales son intrínsecamente es la enseñanza de la Sagrada Escritura. Es una cuestión de fe o de costumbres, es algo la Iglesia enseña como definitivo y como divinamente revelado y es por tanto un dogma. Por tanto su negación es una herejía. La otra herejía es la del sedevacantismo es condenada por el Pastor Aeternus del Concilio Vaticano I, cuando dice: “Por lo tanto, si alguno dijere que no es por institución del mismo Cristo el Señor, es decir por derecho divino, que el bienaventurado Pedro tenga perpetuos sucesores en su primado sobre toda la Iglesia, o que el Romano Pontífice no es el sucesor del bienaventurado Pedro en este misma primado: sea anatema.”
Cards. Ratzinger y Bertone, Nota n. 10
Para un fuente magisterial sobre los distintos grados de asentimiento ver Donum Veritatis, n. 23.
Donum Veritatis, n. 24
Pío XI, Casti Connubii, n. 39
Pío XII, Humani Generis n. 14
Catecismo de San Pío X, n. 189
Lumen Gentium, n. 25
Esta es una posición que lamentablemente ha tomado popularidad en los últimos años confundiendo y engañando a miles de personas y ha sido promovida por, entre otros, YouTubers como Taylor Marshall.
Esta expresión del “libro de la naturaleza” es usada por algunos para denotar aquello de San Pablo en Rom 1,20, “Lo invisible de Dios se hace comprensible y visible por lo creado”. A lo que Santo Tomás comenta: “Pero esto no sería posible a no ser que por lo creado pudiera ser demostrada la existencia de Dios, ya que lo primero que hay que saber de una cosa es si existe” (Summa Thelogiae I, q. 2, a. 2). Es decir, de la naturaleza creada podemos, a través de razonamiento filosófico, conocer la existencia de Dios y algunos de sus atributos. Ver Clarke, N., The One and the Many.
Donum Veritatis, n. 29
Ibid, n. 30
Ibid, n. 31
Mire usted, el problema es el disentimiento al tercer grado de verdad. Yo no creo que usted crea que todo lo que dice el Papa está libre de error habitual, yo diría que solo una parte, no todo, y de ahí es que haya libertad de pensamiento. Déjeme compartirle un resumen de lo que he investigado sobre el magisterio. Antes de leerlo, con «como un buen maestro» me refiero a que un buen maestro puede equivocarse, pero no de modo habitual, y no en todo ámbito y no en todas las cosas. Hay matemáticos que son grandes maestros, pero cometen errores, es más, entre matemáticos hay disentimientos, porque se disiente no por la autoridad sino por la razón. Yo no me creo con la autoridad del Papa, por eso no disiento porque yo tenga autoridad, lo que sería cisma, pero si me siento con razón. En ese caso, creo que hay sistemas teológicos, y el Papa no impone ninguno. Impone ciertas verdades que él supone buenas, pero que no son en sí eternas.
«Se llama Magisterio a nuestros pastores legítimos, es decir, el Papa y los obispos. Nuestros Pastores solo pueden enseñar con autoridad apostólica dos clases de verdades, y solo sobre la fe y la moral: infalibles y falibles. Las verdades infalibles deben ser creídas con el obsequio de la fe, de modo indefectible, es decir, con total firmeza. Las verdades falibles deben ser creídas con el obsequio religioso, que se asemeja a la confianza que le tenemos a un buen maestro. Las primeras no pueden equivocarse porque son como dichas por Dios mismo. Las segundas pueden equivocarse, pero no de modo habitual, porque provienen de la prudencia que Dios le concede al Magisterio para evitar los errores actuales contra la fe.
De dos modos el Magisterio enseña verdades infalibles: extraordinario o ordinario y universal. El modo extraordinario se da cuando el Papa hace una definición ex cathedra, es decir, como Supremo Pastor. Estas definiciones están presentes en la aprobación de los documentos de un concilio ecumenico o en la proclamación de un nuevo dogma. El modo ordinario y universal se da cuando los obispos de todo tiempo y lugar afirma una doctrina como digna de fe divina y católica. Esto se suele dar cuando hay un consenso unánime de los Padres de la Iglesia, es decir, que unos afirman y ninguno niega. De un modo el Magisterio enseña verdades falibles: ordinario y habitual. El modo ordinario y habitual se da cuando el Papa o el Colegio de los Obispos, sean todos los obispos del mundo o una Conferencia Episcopal, quieren prevenirnos contra algún error actual cercano a la herejía o hacer un juicio práctico. No es correcto pensar el modo ordinario y habitual se extiende a todo pensamiento teológico del Papa o de las Conferencias Episcopales porque lo que se protege del error habitual no es el pensamiento en su conjunto, sino ciertos pensamientos».
Disiento. Yo comento esto sobre la Donum veritatis 30 § 2: «Aclaremos dice «en estos caso» no «en general». ¿A qué casos se refiere? A los casos en los que se haya dirigido a la autoridad pertinente una aclaración doctrinal. Es decir, no se debe forzar la clarificación doctrinal por medio de los medios de comunicación una vez pedida esa clarificación. Por ejemplo, cuando una persona está en un juicio se le puede pedir y obligar a no difundir su opinión para no sesgar al jurado o ejercer presión sobre este. En estos casos, no debe recurrirse a la prensa. Aun así, esto no niega que podamos disentir y publicar este disntiminto de ciertas verdades que enseña el Magisterio, sino que en casos parecidos a los de un juicio, debemos de ser prudentes y no forzar al Magisterio.
Incluso mire lo que afirma el mismo redactor de la Donum: «Con respecto a las relaciones entre el teólogo y el Magisterio, se puede constatar la existencia de algunas tensiones. Éstas no deben ser siempre interpretadas necesariamente como expresión de posiciones inconciliables o de latentes rupturas, sino como resultado de modos diferentes de acercarse a una misma verdad, siempre difícil de aferrar en toda su complejidad y riqueza» (A propósito de la notificación de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre algunos escritos del Rvdo. P. Marciano Vidal, 4).
Yo entiendo que hay que ser dóciles, pero estoy investigando si el magisterio ordinario y habitual se da siempre. No es que el pensamiento del Papa este blindado siempre, sino que está blindado cuando claramente quiere prevenirnos sobre algún error actual, lo que no quita que se pueda equivocar. Yo le repito, debe de haber asentimiento al magisterio ordinario y habitual, pero investigo si la totalidad del pensamiento del Papa está libre de error habitual, por ahora defiendo que solo a algunos pensamientos del Papa está libres de error habitual, no todos.